
El SAT nos ataca de nuevo con un gancho al hígado para cualquier empresa o peona física, ahora el SAT ha conseguido fundamentar la restricción de los sellos digitales con los que todos necesitamos para timbrar facturas, recibos de nomina, notas de crédito etc., lo cual nos deja en un estado de vulnerabilidad ya que no tendremos ingresos a nuestra razón social, si no facturamos, no cobramos y sin sello digital no podremos ni pagar nominas ya que no se pueden timbrar los recibos correspondientes.
Esta bien fundamentado su acto en el Código Fiscal de la Federación, pero entramos en una situación en la que como pagamos los impuestos omitidos sin dejan a una empresa o persona física sin la posibilidad de seguir facturando y generar los recursos necesarios para cumplir con los tributos a los que estamos obligados.
Si bien es cierto que esta bien fundamentado el acto de la autoridad invocando el C.F.F., también lo es, que afortunadamente hay tesis y ya emitidas por tribunales colegiados en las que algunos magistrados entienden la imposibilidad de pagar sin poder seguir facturando y estas tesis nos protegerían invocándolas en un amparo con lo cual podremos pelear con la autoridad.
Si bien es cierto que demos tributar al estado porque así nos lo exige la ley, también lo es, que debemos de entender que todas las empresas o personas físicas pasan por tiempo complicados y hay meses en los que el dinero no subsano todos los gastos.
Debemos saber defendernos de este tipo de actos de autoridad, ya que estamos viviendo un acoso por todas las autoridades, hoy en día el SAT ha desarrollado e invertido en una tecnología en la que todos nuestros movimientos fiscales y bancarios inmediatamente son de conocimiento y son resguardados por el SAT, la emisión de una factura con importe y a quien se la generamos, el pago de una factura, quedando todo perfectamente almacenado en los servidores del SAT por que difícilmente como en tiempos pasados lograremos evitar estas minas por las que cruzamos.
Conocemos varias empresas que están pasando por esta situación y en donde afirman la omisión de pagos al SAT pero que en el momento no se tienen los recursos económicos para enfrentar lo omitido, lo cual vendrá aparejado no solo con la suerte principal omisa, hay que incluir multas, actualizaciones t recargos, aproximadamente si omitimos $100.00 pesos, con estos accesorios, ahora tendremos una deuda con el SAT de $130.00
Para finalizar el presente es importante resaltar que pinero son restringidos os sellos y si hacemos caso omiso, pueden ser hasta cancelados dejando la imposibilidad definitiva de facturar, lo que significa prácticamente de anulación de una razón social.
Conocemos los caminos para ayudarte y resolver tu situación, siempre hay una ventana por la que podremos salir del acoso del SAT.