
Recientemente atendimos un asunto en materia laboral en el cual la propietaria de una estetica recibió un citatorio del nuevo Centro de Conciliación Laboral para que acudiera a una audiencia de conciliación prejudicial (antes de iniciar un juicio y conforme a las reformas laborales), ya que una empleada que duro 4 días laborando para ella la estaba acusando de despido injustificado y pago de prestaciones.
La propietaria cometió el error de acudir a dicha audiencia sin la representación ni asesoría de un abogado, ya que ingenua en que solo debería pagar los 4 días que laboro la demandante y que nunca se suscito un despido, mas si un abandono de trabajo, penaba que la conciliadora y la trabajadora solamente solicitarían dicho el cual correspondían a aproximadamente $1,000.00 pesos.
Empezó la audiencia conciliatoria en donde la propietaria relata que se vio acosada tanto por la trabajadora como por la conciliadora, quien no fungía como conciliadora, mas bien como abogada de la trabajadora, ya que comenta la empleadora que fue sujeta de un ataque psicológico en donde la presionaba y amenazaba de las consecuencias que podría tener si no conciliaba con la trabajadora con una mínima cantidad de $18,000.00 pesos, tanto fueron la presión y las amenazas que recibo que accedió a pagarle la cantidad, solamente pedia que en el convenio se estipulara que se pagara en dos partes mensualmente, a lo que ni la conciliadora ni la trabajadora accedieron.
La audiencia concluyo con el señalamiento de una nueva fecha de audiencia de conciliación para que la propietaria de la estética consiguiera los recursos para pagarle en una exhibición la cantidad a la que la conciliadora ya la condeno $18,000.00 pesos.
Afortunadamente para la propietaria todo lo actuado en esta audiencia podemos decir que fue extrajudicial ya que solamente se acordó como ya lo mencionamos una nueva audiencia de conciliación.
La propietaria ha buscado nuestra asesoría, y la representaremos en la audiencia de conciliación y obtendremos el mejor resultado para ella, un convenio justo y en caso de no llegar a un convenio litigaremos para no dejar un antecedente por este tipo de abusos de esta trabajadora y de la conciliadora, quien en mi opinión muy personal, actuó por no generar mas carga de trabajo para la autoridad (en el mejor de los casos) o conforme a sus intereses personales, lo cual significaría que percibiría una cantidad del convenio económico que intentaba que la propietaria firmara.
En el presente se desprende el pésimo actuar de la autoridad, pero mas importante el como tener un empleado aunque sea por 4 días y aunque dolosamente abandone el trabajo, se genero una relación laboral de la cual somos responsables y si no estamos preparados ni asesorados para este tipo de empleados, nos puede costar una cantidad que prácticamente nos estarían robando, entre la autoridad y la trabajadora.
Por ultimo cabe resaltar que la propietaria de la estética una semana antes de acudir a la audiencia llamo a un amigo “abogado”, quien le dijo que no tenia nada de que preocuparse, que solo le solicitarían el pago de los días laborados que no se habían pagado, que podía acudir sola sin ningún riesgo.
Conclusión, nunca hay que minimizar ningún tema legal ni buscar la asesoría de un “abogado” que al parecer sin fundamento ni conocimiento jurídico mal asesoro a una persona que hubiera tenido que pagar $18,000.00 pesos.