
En estos días llego a nuestras manos un juicio laboral de una trabajadora del IMSS a quien le rescindieron su contrato laboral en el 2015, hoy Marzo 2024, es decir 9 años después quedara desempleada y sin ninguna liquidación.
La desafortunada historia comienza en el 2015 cuando IMSS rescinde el contrato laboral de esta trabajadora por haber acumulado mas de 3 faltas en un periodo de 30 días, lo cual, esta contemplado por la Ley Federal del Trabajo; por lo que nos cuenta en esas fechas le recomiendan a un abogado, quien años después, abandono el litigio en cuestión. La trabajadora se ve en la necesidad de contratar a un abogado “amigo” quien le promete las perlas de la virgen al final de litigio.
La realidad es que ganar un litigio contra el IMSS es algo muy sencillo, ya que la mayoría de sus abogados son descuidados y no están al pendiente de sus litigios y por consiguiente de sus términos, por lo que al final, es como no tener contrario.
La trabajadora obtuvo en setiembre del 2023 un laudo favorable en el cual obtiene la reinstalación que era lo mas importante por ella, así como un año de salarios caídos (con la nueva reforma ya no existen los salarios infinitos) y otras prestaciones que económicamente no son trascendentes.
Con dicho laudo dictado por la Junta de Federal de Conciliación y Arbitraje, el IMSS lo acata y reinstala a la trabajadora con las mismas condiciones laborales que tenia la trabajadora cuando su contrato fue rescindido y a la par promueve un amparo directo en contra del laudo dictado.
Al haberla reinstalado con las mismas condiciones laborales, si bien es cierto que estaba cumpliendo con el laudo, también lo es, que el abogado tenia que también haber promovido un amparo directo, ya que del 2015 al 2023, el salario ya había tenido 8 incrementos desde que inicio la demanda laboral, hasta que se dicto el laudo, pero no lo hizo así, siendo el IMSS el único que promovió su amparo.
En marzo del 2024 el tribunal colegiado en materia laboral decide resolver el amparo que había interpuesto el IMSS en contra del laudo que, dando la protección de la justicia de la union al IMSS, por lo que es cuestión de días para que le notifiquen a la trabajadora la rescisión de su contrato laboral.
El único recurso con termino de 10 días que tiene la trabajadora, es el de revisión, pero para que este recurso para ser atendido por la suprema corte, debe existir inconstitucionalidad, la cual no existe.
La trabajadora nos busca para interponer el recurso de revisión, pero después de analizar lo dictado por el tribunal colegiado, la realidad es que hacer el recurso e interponerlo, solo le compraría tiempo a la trabajadora para que permanezca en su trabajo, pero sin ninguna oportunidad de éxito para que la reinstalación quedara firme.
La cruda realidad según nos relata la trabajadora es que el abogado que malamente no interpuso amparo directo, dejándola a la suerte de la decisión del tribunal colegiado, engañosamente le quiere cobrar la cantidad de $60,000.00 pesos por hacer el recurso de revisión, sin hacerle saber a la trabajadora que no tiene ninguna posibilidad de éxito por el tema de la constitucionalidad.
Podemos deducir que el abogado después de conocer la resolución del amparo y saber que no va a cobrar nada, ahora en una sola exhibición pretende cobrar por un recurso de revisión, el cual nuevamente decimos, no tiene ninguna oportunidad de éxito.
Nuevamente les aconsejamos, no dejen a sus abogados sin rendición de cuentas, exijan los acuerdos que vaya emitiendo la autoridad, abogado que se siente revisado, pensara dos veces antes de no hacer correctamente y deontologicamente su trabajo.